
Es el aval que “otorga la autoridad ambiental competente para la ejecución de un proyecto obra o actividad, que de acuerdo con la ley y los reglamentos pueda producir deterioro grave a los recursos naturales renovables o al medio ambiente o introducir modificaciones considerables o notorias al paisaje; la cual sujeta al beneficiario de esta, al cumplimiento de los requisitos, términos, condiciones y obligaciones que la misma establezca en relación con la prevención, mitigación, corrección, compensación y manejo de los efectos ambientales del proyecto, obra o actividad autorizada. (Artículo 3°, Decreto 1220 de 21/04/2005).
El trámite de una Licencia Ambiental incluye los permisos, autorizaciones y/o concesiones a que haya lugar para el desarrollo y operación del proyecto, obra o actividad que demande el uso, aprovechamiento y/o afectación de los recursos naturales renovables. Su trámite deberá realizarse con anterioridad a la ejecución de cualquier tipo de actividad u obra dentro del proyecto, y no se requerirá más que una Licencia para un mismo proyecto. (Artículo 3°, Decreto 1220 de 21/04/2005).
Dependiendo del tipo o de la magnitud del proyecto, la expedición de las Licencias Ambientales es competencia, bien del Ministerio de Ambiente, o bien de la Autoridad Ambiental Regional. A continuación se presenta la relación de proyectos sobre los cuales tiene competencia CORPOAMAZONIA para el caso de los departamentos de Amazonas, Caquetá y Putumayo :
Recurso/Proyecto |
Capacidad |
Destinación |
Explotación de Recursos Minerales: |
||
Carbón |
< 800.000 t/a |
|
Material de Construcción |
< 600.000 t/a |
|
Metales y Piedras Preciosas |
< 2’000.000 t/a |
Material Removido |
Otros minerales |
<1’000.000 t/a |
|
Construcción, Ampliación, Operación de: |
||
Presas, Represas, Embalses |
≤ 200’000.000 m3 |
Cualquiera |
Centrales Generadoras |
10 ≤ MW ≤ 100 |
Energía |
Líneas de Transmisión |
< 220 kv |
Energía (que no pertenezcan al Sistema de Distribución Local) |
Puertos Marítimos |
Pequeño calado |
Marítimo y Portuario |
Dragado de Profundización de los canales a los Puertos |
Pequeño calado |
Marítimo y Portuario |
Rompeolas, Tajamares, Canales y Rellenos Hidráulicos |
|
Marítimo y Portuario |
Estabilización de Playas y entradas costeras |
|
Marítimo y Portuario |
Playas artificiales y Dunas |
|
Marítimo y Portuario |
Aeropuertos y Pistas |
Categoría Nacional |
Aéreo |
Carreteras |
Red vial 2ria y 3ria |
Red Vial |
Nuevas Calzadas |
Red vial 2ria y 3ria |
Red Vial |
Túneles y sus Accesos |
Red vial 2ria y 3ria |
Red Vial |
Vías Férreas Regionales y sus Variantes |
|
Red Ferrovial |
Sitios de almacenamiento, tratamiento, aprovechamiento, recuperación y/o disposición final de Residuos o Desechos Peligrosos |
|
Saneamiento |
Rellenos Sanitarios |
|
Saneamiento Básico |
Sistemas de tratamiento de Aguas residuales |
Población ≥ 200.000 hab. |
Saneamiento Básico |
Sitios de almacenamiento de Sustancias Peligrosas, excepto hidrocarburos. |
|
|
Distritos de Riego y/o Drenaje |
Entre 5.000 y 20.000 ha |
|
Proyectos que requieren transvase entre cuencas |
Corrientes ≤ 2 m3/s en época de menor caudal |
|
Zoocriaderos con fines comerciales y Caza Comercial |
|
|
Industria manufacturera para la fabricación de: |
||
Sustancias Químicas Básicas de Origen Mineral |
|
Industria |
Alcoholes |
|
Industria |
Ácidos Inorgánicos y sus compuestos oxigenados |
|
Industria |
Ejecución de Obras de Carácter Privado |
||
Construcción y operación de Puertos |
|
Red Fluvial Nacional |
Cierre de brazos y madreviejas |
|
Red Fluvial Nacional |
Construcción de Espolones |
|
Red Fluvial Nacional |
Dragado de profundización en canales navegables y áreas de Deltas |
|
|
Nota: Para mayores detalles consultar el Decreto 1220 de 21/04/2005.
Para los Proyectos, obras o actividades (4 que en la tabla anterior están en Fuente color rosado, ver como enlazar) el interesado deberá solicitar a CORPOAMAZONIA que se pronuncie por escrito si el proyecto requiere o no del Diagnóstico Ambiental de Alternativas (D.A.A.) al iniciar el trámite de Licencia Ambiental.