Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos
Figura 5.- Municipios con Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos (Pdf 681 Kb)
El Artículo 2º del Decreto 1505 de 2003 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, modificatorio de Artículo 8° del Decreto 1713 de 2002 establece la responsabilidad de las administraciones municipales en la formulación y ejecución de planes de gestión integral de residuos sólidos en los siguientes términos:
«Plan para la Gestión Integral de Residuos Sólidos, PGIRS. A partir de la vigencia del presente Decreto, los Municipios y Distritos, deberán elaborar y mantener actualizado un Plan Municipal o Distrital para la Gestión Integral de Residuos o Desechos Sólidos en el ámbito local y/o regional según el caso, en el marco de la política para la Gestión Integral de los Residuos, el cual será enviado a las autoridades ambientales competentes, para su conocimiento, control y seguimiento.
El Plan se diseñará para un período acorde con el de los Planes de Desarrollo Municipal y/o Distrital según sea el caso. La ejecución del Plan para la Gestión Integral de Residuos Sólidos PGIRS, se efectuará en armonía y coherencia con lo dispuesto en los Planes de Ordenamiento Territorial y en los Planes de Desarrollo de Nivel Municipal y/o Distrital.
El plazo máximo para la elaboración e iniciación de la ejecución del PGIRS es de dos (2) años contados a partir de la fecha de publicación de la metodología que para el efecto expida el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.
El PGIRS debe estar a disposición de las entidades de vigilancia y control de la prestación del servicio de aseo y de las autoridades ambientales, quienes podrán imponer las sanciones a que haya lugar, en caso de incumplimiento.»
La Resolución 1045 del 2003 establece la metodología para la formulación de los referidos planes y hace la siguiente precisión en términos de la vigencia, ajuste y actualización de los planes:
«Artículo 8º. Horizonte de análisis y proyecciones de los PGIRS. La elaboración del Plan se realizará para un horizonte de análisis y proyecciones de 15 años, su implementación se programará y ejecutará por fases acordes con los Planes de Desarrollo Municipal o Distrital, según sea el caso.
Artículo 9º. Adopción del PGIRS. En virtud de lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley 142 de 1994 y el artículo 3º de la Ley 136 de 1994, las entidades territoriales adoptarán el PGIRS mediante resolución.
Artículo 10. Plazos para dar inicio a la ejecución de los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos, PGIRS. Los plazos para iniciar la implementación de los PGIRS formulados son los siguientes:
Artículo 11. Modificación y/o actualización del PGIRS. El PGIRS podrá ser modificado y/o actualizado por períodos acordes con los Planes de Desarrollo Municipal o Distrital según el caso. La modificación y/o actualización del Plan se efectuará conforme a lo establecido en la metodología adjunta a la presente resolución.
Artículo 12. Control y seguimiento. De acuerdo con lo establecido en el artículo 8º del Decreto 1713 de 2002, el control y seguimiento a la ejecución del PGIRS será realizado por las autoridades ambientales regionales respectivas así como por las entidades de vigilancia y control dentro de sus competencias.
Las entidades territoriales deben enviar copia del PGIRS a las autoridades ambientales competentes en un término no mayor a dos (2) meses contados a partir de su adopción.»
En el Departamento de Putumayo los Planes de Gestión Integral de Residuos Sólidos de Colón, Santiago, Sibundoy y San Francisco se encuentran en proceso de adopción por parte de estos municipios. Los demás municipios del departamento ya cuentan con sus respectivos planes revisados y aprobados por parte de CORPOAMAZONIA, los cuales han sido adoptados por las administraciones municipales. No obstante, para dar cumplimiento al Artículo 8º de la Resolución 1045 de 2003, los municipios que cuentan con sus planes adoptados deberán actualizarlos y/o modificarlos si es el caso, para articularlos con los Planes de Desarrollo recientemente formulados.