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En Putumayo se adoptan medidas para controlar al Caracol Gigante Africano

Caracol AfricanoCORPOAMAZONIA Solicita al Comité Regional de Prevención y Atención de Desastres CREPAD-Putumayo, que se tomen las medidas necesarias que le permitan al Departamento y sus Municipios articularse al “Plan Nacional Interinstitucional del Sector Ambiental, Agropecuario, Salud y Defensa para el manejo, prevención y control del caracol gigante africano (Achatina fulica).

El pasado 19 de septiembre de 2011, en Mocoa se realizó un Comité Regional de Prevención y Atención de Desastres (CREPAD) extraordinario solicitado por el Director Territorial Putumayo, William Rengifo Velazco, convocado con el fin de adoptar medidas de carácter regional, en la prevención, control y manejo de la presencia invasiva de Caracol africano declarada como especie invasora (Resolución No. 0848 23/05/2008), teniendo en cuenta que en Putumayo se ha reportado la presencia Achatina fulica, en los municipios de Mocoa, Puerto Caicedo, Puerto Asís, Orito, Valle del Guamuez, San Miguel y Puerto Leguizamo.

Este caracol gigante, es una de las 100 especies exóticas invasoras más dañinas de la tierra y es reconocida a nivel mundial como plaga que afecta la biodiversidad, la salud pública y la productividad agrícola de un país. Corpoamazonia expresa que se debe dar cumplimiento a las disposiciones de la Resolución No. 0654 del 07 de abril de 2011, “Por la cual se corrige la Resolución No. 0848 del 23 de mayo de 2008 y se adoptan las medidas que deben seguir las autoridades ambientales, para la prevención, control y manejo de la especie Caracol Gigante Africano (Achatina fulica Bowdich - 1822)”.

Incineración de CaracolesDe acuerdo con lo anterior y en busca de articular las actividades de prevención control y manejo de Caracol africano, se realizará diferentes actividades en los Municipios afectados por la presencia de esta especie; el CREPAD determinó la necesidad de adoptar en conjunto con las autoridades Ambientales, Departamentales, Municipales y demás competentes, la definición de instrumentos legales y administrativos que permitan al departamento y los municipios ejecutar actividades de manejo prevención y control del caracol africano de acuerdo con lo dispuesto por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial en el “PLAN NACIONAL INTERINSTITUCIONAL DEL SECTOR AMBIENTAL, AGROPECUARIO, SALUD Y DEFENSA PARA EL MANEJO, PREVENCIÓN Y CONTROL DEL CARACOL GIGANTE AFRICANO (Achatina fulica)”.

Por esa razón se aprobó la declaratoria de emergencia ambiental en relación a la presencia invasiva de A fulica en el departamento teniendo en cuenta que su presencia se ha reportado en 7 municipios del departamento del Putumayo.

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