
Titulares de permisos de vertimientos vigentes deben presentar los planes de tecnologías limpias
El 17 de abril vence el plazo para que los titulares de permisos de vertimientos que ha otorgado Corpoamazonia en su área de jurisdicción, entreguen el Plan de Reconversión a Tecnologías Limpias en Gestión de Vertimientos, de acuerdo a lo establecido en el artículo 19 de la Resolución 631 de marzo 17 de 2015, que entró en vigencia en enero de 2016.
Esta nueva norma de vertimientos puntuales a cuerpos de agua superficiales y a los sistemas de alcantarillado público, busca regular las sustancias contaminantes vertidas a los cuerpos de agua por 73 actividades productivas presentes en 8 sectores económicos, como respuesta a la nueva realidad urbana, industrial y ambiental del país.
Según explicó el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, esta medición se realiza ahora en miligramos por litro y no en kilogramos día, como se venía haciendo. Uno de los cambios más importantes es la revisión de los valores a partir de la concentración, lo que va a permitir tener un parámetro fijo que se debe cumplir según la actividad productiva. También diferencia las Aguas Residuales Domésticas (ARD) de las Aguas Residuales No Domésticas (ARnD).
En cuanto al Plan de Reconversión a Tecnologías Limpias en Gestión de Vertimientos, éste debe contener la descripción de la actividad industrial, comercial o de servicio, objetivos generales y específicos, alcances del plan, caracterización de las aguas residuales antes del sistema de tratamiento, carga contaminante de las aguas residuales antes del sistema de tratamiento, definición precisa de los cambios parciales o totales de los procesos de producción, definición de los indicadores con base en los cuales se realizará el seguimiento al cumplimiento de los objetivos del Plan; el estimado de la reducción de las cargas contaminantes por unidad de producto, antes de ser tratados por los equipos de control y antes de ser mezclados con aguas residuales domésticas; descripción técnica de los procesos de optimización, recirculación, reúso del agua, así como de las cantidades de los subproductos o materias primas reciclados o reutilizados por unidad de producción; plazo y cronograma de actividades para el cumplimiento de la norma de vertimientos y el presupuesto del costo total del proceso de reconversión.
El Plan en medio físico y magnético deberá presentarse hasta el 17 de abril de 2016 en las Direcciones Territoriales de Corpoamazonia donde el usuario haya tramitado su permiso de vertimiento.
Así mismo, debe tenerse en cuenta que el régimen de transición para dar cumplimiento a la Resolución 631 de marzo 17 de 2015 se aplicará de la siguiente manera:
• Octubre de 2016, para generadores con permiso de vertimientos vigente de acuerdo al Decreto 1594 de 1984 que no estén cumpliendo sus términos, condiciones y obligaciones.
• Marzo de 2017, para generadores con permiso de vertimientos vigente de acuerdo al Decreto 1594 de 1984, que estén cumpliendo sus términos, condiciones y obligaciones.
• Septiembre de 2018, para generadores con permiso de vertimientos vigente de acuerdo al Decreto 1594 de 1984, que no estén cumpliendo sus términos, condiciones y obligaciones y que además hayan optado por un Plan de Reconversión a Tecnología Limpia en Gestión de Vertimientos.
• Marzo del año 2020, para generadores con permiso de vertimientos vigente expedido según Decreto 1594 de 1984, que estén cumpliendo sus términos, condiciones y obligaciones y que además hayan optado por un Plan de Reconversión a Tecnología Limpia en Gestión de Vertimientos.
• Quienes no cuenten con permisos de vertimiento, deberán dar cumplimiento a la nueva norma de vertimientos a partir del 1 de abril de 2016.
Una vez cumplidos los tiempos mencionados de acuerdo al caso, las personas naturales y jurídicas que no cumplan con los límites permisibles en sus aguas residuales podrán hacerse acreedores de sanciones y comparendos ambientales.
Más información:
Presentación multimedia norma de vertimientos.
Fuente: Subdirección de Administración Ambiental, Gestión Recurso Hídrico.