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CORPOAMAZONIA rechaza la caza de Danta (Tapirus terrestris) en el Caquetá

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Comunicado ante el reciente caso de caza furtiva de Tapirus terrestris o Danta en el departamento del Caquetá.

El día 20 de junio de 2017 por medio de la red social Facebook, se informa a CORPOAMAZONIA sobre la cacería furtiva en el departamento del Caquetá de un ejemplar de fauna silvestre, al parecer de la especie Tapirus terrestris o Danta. El hecho se conoció por medio de una publicación de fotografías en esta red social, donde aparece un grupo de personas junto a una Danta que habría sido cazada y sacrificada. La Corporación para Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía - CORPOAMAZONIA, repudia este acto de violencia indiscriminada, ya que afecta a esta especie amenazada, que además es considerada un animal representativo de la Amazonia colombiana.

Una vez conocido el hecho, la autoridad ambiental CORPOAMAZONIA formuló la correspondiente denuncia por cacería ilícita de esta especie en vía extinción y puso en conocimiento a la Dirección Seccional de Fiscalías y a la Policía Nacional, para que se inicie las investigaciones respectiva y así lograr identificar a los presuntos infractores.

La especie Tapirus terrestris, es una de las más afectadas por la caza indiscriminada y la transformación de su hábitat a causa de actividades humanas; está categorizada en riego crítico (CR) en Colombia mediante la Resolución 0192 de 2014 y a nivel internacional se encuentra en estado vulnerable en lista roja de la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN).

CORPOAMAZONIA invita a los principales actores sociales e institucionales del Departamento y de los municipios donde hay presencia de la Danta Tapirus sp, a aunar esfuerzos en torno a esta especie amenazada o en vía de extinción, para que estos hechos lamentables no vuelvan a suceder en el Sur de la Amazonia colombiana. Además hace un llamado a la comunidad a denunciar cualquier acto que atente contra la integridad de ejemplares de la fauna silvestre en general. Las denuncias pueden realizarse a los Teléfonos (8) 4296641-4296642 ext. 207; o en cualquier oficina de la Policía Nacional, Ejército Nacional, Armada Nacional, Fiscalías o en otros entes del Estado.

Es importante tener en cuenta que según la ley 1453 del 24 de junio de 2011, por medio de la cual se reforma el código penal en el Artículo 328 establece el Ilícito aprovechamiento de los recursos naturales renovables. El que con incumplimiento de la normatividad existente “se apropie, introduzca, explote, transporte, mantenga, trafique, comercie, explore, aproveche o se beneficie de los especímenes, productos o partes de los recursos fáunicos, forestales, florísticos, hidrobiológicos, biológicos o genéticos de la biodiversidad colombiana, incurrirá en prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento ocho (108) meses y multa hasta de treinta y cinco mil (35.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes. La pena se aumentará de una tercera parte a la mitad, cuando las especies estén categorizadas como amenazadas, en riesgo de extinción o de carácter migratorio, raras o endémicas del territorio Colombiano”.

Mario Ángel Baron
Director Territorial Caquetá

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